El pasado sábado 28 de Septiembre, después de meses de espera, se publicó finalmente en el BOE la nueva Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Dicha Ley introduce una serie de mejoras en cuanto a los incentivos fiscales a las actividades de I+D+i así como respecto a la cesión de determinados activos intangibles (Patent Box).
A. DEDUCCIONES FISCALES POR I+D+i
Anteriormente existía limitación en la aplicación de las deducciones por actividades de I+D+i, de manera que como máximo se podía reducir el Impuesto de Sociedades en un 50% debiéndose guardar el resto como crédito fiscal con posibilidad de aplicación en los 15 (18) años inmediatos y sucesivos. Sin embargo ahora será posible reducir la totalidad del Impuesto de Sociedades, incluso superar cuota.
Anteriormente si una empresa no tenía cuota positiva únicamente podía calcular las deducciones correspondientes a actividades de I+D+i y guardarlas como crédito fiscal a la espera de poder aplicarlas en el momento que la cuota fuese positiva. Sin embargo ahora se podrá solicitar el abono del 80% de las mismas (existirá una quita del 20%) en la siguiente declaración del Impuesto de Sociedades. Asimismo, las empresas con insuficiencia de cuota podrán solicitar el abono o devolución del importe restante de la aplicación de las deducciones en I+D+i.
Para la aplicación de las mejoras introducidas será estrictamente necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Que transcurra, al menos, un año desde la finalización del período impositivo en que se generó la deducción, sin que la misma haya sido objeto de aplicación.
b) Mantener la plantilla media de trabajadores dedicados a la I+D+i y que se destine un importe equivalente a la deducción aplicada o abonada, a gastos de I+D+i durante los 2 ejercicios siguientes.
c) Que la entidad haya obtenido un informe motivado sobre la calificación de la actividad como I+D o IT o un acuerdo previo de valoración de los gastos e inversiones correspondientes a dichas actividades.
B. PATENT BOX (art 23 TRLIS)
La aplicación conjunta de la Patent Box con deducciones por actividades de I+D+i es una sinergia fiscal que permite un retorno de hasta el 90% de toda la inversión en Investigación y Desarrollo e Innovación Tecnológica.
Fuente: Coin + D
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